miércoles, 20 de mayo de 2015

Cinco gigantes que han tenido que cerrar por violar derechos de autor

Así como el servicio de música online Grooveshark cerró sus operaciones como parte de un acuerdo para resolver una disputa con los grandes sellos discográficos, otros grandes portales han tenido que hacer lo mismo por infringir los derechos de autor, aunque algunos de ellos volvieron bajo otro dominio.

Logo Grooveshark (tomado de grooveshark.com

Sayco pierde su sede luego de tres décadas de pleito con autor


Compositor momposino ganó pulso para que le reconocieran derechos por varias de sus canciones.

Logo Sayco tomado de www.sayco.org
Más de 30 años llevaba luchando Antonio Francisco del Villar por las regalías de dos de sus canciones más famosas y que se hicieron célebres por ser parte de la banda sonora de las películas colombianas El emigrante latino (1980) y Esposos en vacaciones (1978), protagonizadas por el reconocido actor Carlos el ‘Gordo’ Benjumea.

Lea la noticia completa de ElTiempo.com aqui

Entrevista a Marta Lucía Ramírez a proposito de las facultades extraordinarias para el Presidente Santos

domingo, 17 de mayo de 2015

¿A quién pertenecen las fotos que publicamos en Facebook?

Facebook dijo en reiteradas ocasiones y a través de diversos comunicados, que los derechos y la propiedad intelectual de las fotos que se suben a su plataforma pertenecen al propietario de las imágenes, pero unas declaraciones desvirtuaron esto diciendo que pertenecerían a la red social.

sábado, 16 de mayo de 2015

Injuria y calumnia en medios de comunicación

Foto: David Knox

"...que ya no los fines justifican a los medios, sino los medios de comunicación justifican a los fines"

Eduardo Galeano

La plataforma de Internet llamada X publica la siguiente noticia:

El jugador Z está desconcentrado

Revelamos en primicia el video de este deportista

El jugador Z falló en el partido pasado un tiro penal que significó la eliminación de su equipo del campeonato.

Este medio estableció que el deportista está desconcentrado a juzgar por este vídeo que demuestra que la noche anterior al partido permaneció fuera de la concentración de la sede departiendo con unas amigas.

Con base en esta noticia, el jugador Z decide demandar a la plataforma utilizando los artículos 220 y siguientes del Código Penal de Colombia (Ley 599 de 2000).

A continuación una serie de preguntas y respuestas sobre este candente caso:


1. ¿Cómo puede argumentar la plataforma digital el derecho a divulgar esa información, que contiene una opinión, al decir que el jugador está desconcentrado?


En este caso la plataforma puede invocar el artículo 20 de la Constitución Política de Colombia: “Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación…”


2. ¿Cómo puede argumentar el abogado defensor del jugador los delitos en los que incurrió el medio con esta información que contiene una opinión?


Si este fuera el caso, el abogado defensor puede acudir a lo establecido en la Ley 599 del Código Penal Colombiano y citar el artículo 220 sobre injuria apoyado por el artículo 223 para el agravante de haber sido utilizado un medio de comunicación social masivo o de divulgación colectiva. El delito se puede constituir, para el abogado del futbolista en el momento en que se pública el vídeo con la información de un hecho deshonroso y que el periodista lo hace con plena conciencia de que el hecho tiene capacidad de dañar (dolo) o menoscabar la honra del deportista.


3. ¿Qué pasa si el jugador y su apoderado deciden acudir a la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia para defender su derecho al buen nombre y a la intimidad?


Todo ciudadano tiene derecho a solicitar la protección de sus derechos cuando considere que estos han sido vulnerados. Artículo 86 Constitución: "Toda persona tendrá derecho a presentar una acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por si misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados, por la acción de cualquier autoridad pública".

En este caso no es probable que se apliquen ya que el ciudadano es una figura pública que se encontraba en un establecimiento abierto, por tanto no se estaría vulnerando estos derechos. Una situación diferente se presentaría si la grabación fuera hecha en su residencia o en un establecimiento privado, allí si prima el derecho a la intimidad sobre el derecho a la libertad de expresión.


4. ¿Qué pasa si el jugador y su abogado defensor deciden acudir al artículo 220 y siguientes del Código Penal?


Pueden demandar al medio de comunicación, aun cuando esté tiene la oportunidad de retractarse antes de que exista un fallo condenatorio en su contra.
La Constitución garantiza el derecho a la honra y para que este delito (Injuria) se constituya, se requiere que una persona impute a otra conocida o determinada un hecho deshonroso, que el imputador tenga conciencia de que el hecho tiene capacidad de dañar (dolo) o menoscabar su honra, no puede admitir el delito de injuria por falta del elemento intencional.

El delito de calumnia no aplica ya que esta se constituye cuando se imputa falsamente a otro el hecho punible. La atribución del delito debe ser a otra persona determinada. Que el hecho delictuoso sea falso, que el autor haga conocimiento de esa falsedad, que el autor tenga la voluntad y la conciencia de efectuar la imputación.
Durante años la violencia ha sido el problema principal de la libertad de prensa en Colombia, sin embargo ante el evidente aumento de procesos judiciales contra periodistas con el fin de censurarlos, en especial a través de denuncias por los delitos de injuria y calumnia, la Fundación para la Libertad de Prensa -FLIP- publica “Fuera de juicio”, una guía práctica para que los periodistas sepan cómo actuar cuando se enfrentan a denuncias por injuria y calumnia, o cuando son víctimas de acoso judicial.

FUERA DE JUICIO: MANUAL PARA PERIODISTAS DENUNCIADOS POR INJURIA Y CALUMNIA

viernes, 15 de mayo de 2015

"Si queremos que todo siga como está, es necesario que todo cambie". (El Gatopardo de Giuseppe Tomasi di Lampedusa)

Foto: Poster de la película El Gatopardo de Luchino Visconti
En los primeros días del mes de mayo de este año la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial le pidió a la Cámara de Representantes que se archive el proyecto de Reforma del Equilibrio de poderes y a cambio propuso una Asamblea Constituyente que se limitará a tratar de resolver los problemas de la justicia en Colombia.

Esta propuesta generó más que un debate un gran escándalo entre los detractores y los partidarios de esta idea.


¿Para qué sirve una Asamblea Constituyente?


Aunque entre sus funciones encontramos la de:

1. “Reorganización judicial: La constituyente puede decidir la reorganización total o parcial de la rama judicial del Estado”.
2. “Reorganización de los poderes: La constituyente, como asamblea o convención nacional, puede decidir la disolución de los poderes constituidos, o en todo caso, su reorganización, mientras aprueba la configuración definitiva de la forma de Estado que será plasmada en la nueva Constitución.”

La Asamblea Nacional Constituyente se convoca en casos en los que el sistema social o democrático se encuentra en una situación tal de caos o descontrol que no existe otra manera para tratar de lograr un consenso que devuelva el orden al conjunto de la sociedad nacional.

En los años noventa el país pasaba por uno de sus peores momentos en cuanto a gobernabilidad y legitimidad del poder político. La violencia proveniente de múltiples actores (guerrilla, paramilitares, narcotráfico, delincuencia común, etc.) tenían acorralada a prácticamente toda la institucionalidad colombiana. Sumado a esto, la desmovilización de grupos guerrilleros que aún tenían un perfil político y social estaba pidiendo espacios de participación en la política desde la legalidad.

Fue en este marco de acontecimientos que la propuesta del movimiento estudiantil caló en muchos de los estamentos de la sociedad de la época y así se abrió paso a la Constituyente, que reformó la constitución y nos entregó la carta que desde el año 1991 rige el desarrollo de la Nación.

La situación es muy distinta el día de hoy. Aunque hay problemas estructurales que si no se enfrentan se convertirán en una bomba de tiempo que más temprano que tarde estallarán y exigirán por parte de la sociedad (probablemente no de manera pacífica) una solución de fondo de las causas de la desigualdad y la falta de acceso de los ciudadanos del común a los servicios que el estado tiene la obligación de prestar como la justicia, la salud, la educación, etc.

Las instituciones no están acorraladas por graves desórdenes de orden público y el proceso de paz de la Habana más que negociar con ideales políticos contrarios está negociando con un poder económico y militar nacido y fortalecido por la ilegalidad de sus ingresos, pero que no tiene una propuesta política coherente que busque representar a algún segmento de la población colombiana.

Además existen mecanismos tanto jurídicos como políticos que permiten hacer frente a las crisis que hoy se enfrentan, lo que hace falta realmente es voluntad política para utilizarlos en la solución real las causas de estas crisis. Pareciera que lo que se busca con esta propuesta es defender a toda costa el pedazo de poder que en suerte les tocó a unos cuantos servidores públicos corruptos que lo único en lo que piensan es en no perder las prebendas y beneficios que han ido construyendo con el tiempo a base de amiguismo, negociados y componendas de toda laya y especie.


Así pues, nos parece que el carácter Gatopardista o Lampedusiano de esta propuesta es demasiado evidente. Una movida política que crea la ilusión de una transformación revolucionaria, pero que en la realidad solo maquilla superficialmente las estructuras de poder a las que se aferran, pero conservando sus elementos corruptos y desiguales de fondo.

Es nuestra esperanza que el pueblo colombiano haya alcanzado un grado de madurez política que no permita que se siga tragando esos cuentos tan reforzados.